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CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA
  

 
 

SAN SEBASTIAN DE LOS REYES A --- DE ------- DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y ----

 

 

 

 

 

REUNIDOS

 

 

 

DE UNA PARTE COMO ARRENDADORES : DON ---------------------------- y DOÑA ------------------------------ mayores de edad con D.N. de I y NIF números ------------,con domicilio en la calle ----------------- de -------------------- ----- (-------MADRID).

 

 

 

DE OTRA PARTE COMO ARRENDATARIOS: DON ------------------------

 

y DOÑA --------------------------------------- mayores de edad, vecinos de ------- ,con domicilio ------------------ ,------ con D.N. de I. y N.F.I. números ------------------.

 

 

 

 

 

I N T E R V I E N E N :

 

 

 

DON ---------------------y DOÑA --------------------, mayores de edad como arrendadores en su propio nombre y derecho.

 

 

 

 

 

Y DON ------------------------------------- y DOÑA -----------

 

-------- mayores de edad, como arrendatarios, en su propio nombre y derecho.

 

 

 

Las partes se reconocen, el concepto en que respectivamente intervienen, la capacidad legal necesaria para el otorgamientodel presente contrato de arrendamiento, a cuyo efecto,

 

 

 

E X P O N E N :

 

 

 

I.- Que DON ---------------------------y DOÑA -----------------

 

son propietarios en pleno dominio de la siguiente finca Urbana:

 

 

 

Piso situado en ----------, CALLE ----------------- NUMERO - PISO--------- y que consta de ---- dormitorios, cocina amueblada,salón, hall, --- baños, garaje y trastero.

 

 

 

II.- Que la propiedad manifiesta expresamente que la vivienda descrita en el expositivo anterior cumple todos los requisitos y condiciones necesarias para ser destinada a satisfacer las necesidades permanentes de vivienda del arrendatario y su familia, y que el arrendatario manifiesta recibir la vivienda en perfecto estado de uso y conservación.

 

 

 

III.- Que siendo del interés de la propiedad proceder al arrendamiento de la citada vivienda para su uso por el arrendatario y su familia como vivienda permanente, y conviniendoa DON ----------------------------- y DOÑA --------------------

 

su ocupación en el indicado concepto, es por lo que, puestos previamente de acuerdo, han decidido las partes suscribir el presente CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA, que llevan a efecto con arreglo a las siguientes.

 

 

 

E S T I P U L A C I O N E S :

 

 

 

PRIMERA.- ARRENDAMIENTO Y OBJETO.

 

 

 

El arrendador cede en arrendamiento al arrendatario, que recibe y acepta la vivienda reseñada en el expositivo I del presente contrato, libre de cargas y ocupantes, y cuya superficie, circunstancias, usos, características y servicios comunes y privativos conoce y acepta el arrendatario.

 

 

 

La vivienda arrendada lo es, para ser destinada única y exclusivamente a satisfacer la necesidad de vivienda permanente del arrendatario y su familia.

 

 

 

SEGUNDA.- DURACION.

 

 

 

Este contrato tendrá una duración de --- AÑOS, comenzando a regir el día -- de ----- de 1.9--, pudiendo ser prorrogado por periodos anuales hasta un máximo de cinco años, salvo que el arrendatario, manifieste al arrendador con sesenta dias de antelación como mínimo a la fecha de la terminación del contrato de cualquiera de las prórrogas, su voluntad de no renovarlo. Esta prorroga tampoco procederá en el caso de necesidad para el arrendador de ocupar la vivienda él, o familiar cercano antes del VENCIMIENTO DEL PRESENTE CONTRATO, y una vez finalizado el tiempo de vigencia, el mismo finalizará y el arrendatario devolverá al arrendador la vivienda sin más demora.

 

 

 

Se pacta de común acuerdo entre las partes que tanto el arrendador como el arrendatario podrán desistir del contrato siempre que el mismo hubiera durado al menos UN AÑO y del correspondiente preaviso con un mínimo de dos meses de antelación.

 

 

 

Se pacta igualmente que para el caso de desistimiento del contrato por alguna de las partes, no cabe indemnización alguna, siempre y cuando se hubiera notificado con DOS MES de antelación la rescisión del presente contrato. Igualmente se estipula que el impago de más de una mensualidad, dará lugar a la rescisión del contrato.

 

 

 

TERCERA.- RENTA.

 

 

 

Se pacta en PESETAS --------- (-----------------------------PESETAS) los 12 primeros meses, pagaderas por mensualidades de PESETAS ------ (--------------- MIL PESETAS) cantidad inicial fija y periódica, que el arrendatario se obliga a pagar en mensualidades anticipadas, que se harán efectivas DENTRO DE LOS SIETE PRIMEROS DIAS DE CADA MES, en moneda de curso legal en España y no podrá quedar desvirtuada por ninguna práctica en contra.

 

 

 

La obligación de pago de la renta subsistirá, aún resuelto el contrato, hasta que se devuelva la vivienda y sus instalaciones al arrendador o sus causa habientes en buen estado de uso.

 

 

 

DOMICILIACION BANCARIA:

 

BANCO ------------------

 

Calle ------------------

 

-------MADRID

 

Oficina: ----

 

D.C. : ----

 

Nº Cta : ----------

 

TITULARES: -----------------------------

 

 

 

CUARTA.- ACTUALIZACION DE LA RENTA.

 

 

 

Si existiera prorroga, la renta será actualizada al término de cada periodo anual, aplicando a la renta correspondiente a la anualidad anterior, la variación porcentual experimentada por el Indice General Nacional del Sistema de Indices de Precios al Consumo,(rúbrica viviendas en alquiler) en un periodo de doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de cada actualización.

 

 

 

QUINTA.- GASTOS GENERALES Y SERVICIOS INDIVIDUAL

 

 

 

Además de la renta pactada el arrendatario se obliga a satisfacer los siguientes gastos y servicios: El consumo de suministros, tales como agua, gas, electricidad, etc., con que cuenta la vivienda arrendada; los gastos ocasionados por desperfectos que se produzcan, ya sean cristales, cerraduras, y demás utensilios de las instalaciones; los gastos de conservación reparación y sustitución de los elementos arrendados. Los gastos de comunidad, serán liquidados por la parte arrendadora.

 

 

 

SEXTA.- DESTINO.

 

 

 

La vivienda arrendada ha de ser destinada única y exclusivamente a domicilio y hogar permanente del arrendatario o inquilino y su familia, no pudiendo cederla ni subarrendarla, ni admitir huespedes ni convivientes. La infracción de esta resolución dará lugar a la rescisión del contrato.

 

 

 

SEPTIMA.- OBRAS.

 

 

 

Siendo la finalidad de este contrato la cesión del disfrute normal de la vivienda, el arrendatario no podrá practicar en la vivienda obras que modifiquen la configuración de la misma, o de sus accesorios, o provoquen una disminución de la estabilidad o seguridad de la misma, sin el permiso del arrendador expresado por escrito, y en todo caso, las obras así autorizadas quedarían en beneficio del Inmueble, no pudiendo reclamar el arrendatario indemnización alguna.

 

 

 

OCTAVA.- USOS DE BUENA VECINDAD.

 

 

 

En cuanto al uso de la vivienda y sus accesos, el arrendatario se obliga a respetar iguales derechos que otros tienen sobre su respectiva vivienda y accesos, conforme a los usos de buena vecindad, y a responder de las infracciones que al respecto se cometieran sujetándose a las normas de la comunidad y, en todo caso, a las Ordenazas Municipales.

 

 

 

NOVENA.- VISITAS.

 

 

 

El arrendatario se obliga a permitir el acceso a la vivienda al arrendador o a la persona por él designada con permiso escrito del mismo, para comprobar el buen estado de conservación y en su caso para la realización de obras obligatorias con arreglo a lo establecido en la Ley de Propiedad Horizontal.

 

 

 

DECIMA.- FIANZA.

 

 

 

El arrendatario entrega al arrendador en el acto de la firma de este contrato la cantidad de ------ pesetas (--------------- MIL PESETAS) en concepto de fianza, la cual será devuelta a la terminación de este contrato una vez cumplidos por el arrendatario, a satisfación del arrendador, las estipulaciones dimanantes del mismo, a cuya reponsabilidad queda afecta, así como al resarcimiento de daños y perjuicios.

 

 

Durante los primeros años de vigencia de este contrato SI EXISTIERA PRORROGA, la fianza no estará sujeta a actualización, por el contrario si existieran nuevas prorrogas, al sexto año de vigencia del contrato, la fianza será incrementada hasta hacerse igual a una mensualidad de la renta vigente en ese momento.

 

 

 

DECIMOPRIMERA.- DOMICILIO PARA NOTIFICACIONES.

 

 

 

El arrendatario designa la vivienda objeto del presente contrato como domicilio propio a efectos de emplazamientos o cualquier notificación que tenga por causa el presente contrato.

 

 

 

DECIMOSEGUNDA.- DERECHO DE ADQUISICION PREFERENTE.

 

 

 

El arrendatario renuncia expresamente a los derechos de tanteo y retracto (Artículo 25 de la nueva LAU).

 

 

 

DECIMOTERCERA.- ARBITRAJE

 

 

 

Las partes acuerdan someter cualquier discrepancia o litigio derivado de este contrato a los Tribunales Arbitrales, de acuerdo con lo establecido en la Ley 36/1988 de cinco de Diciembre.

 

 

 

DECIMOCUARTA.- CLAUSULAS COMPLEMENTARIAS.

 

 

 

La Ley 29/1.994 de arrendamientos urbanos y supletoriamente las disposiciones del Código Civil, serán de aplicación en todo lo no previsto expresamente en este contrato.

 

 

DECIMOQUINTA.- REGISTRO DE LA PROPIEDAD.

 

 

 

Tanto el arrendador como el arrendatario podrán inscribir el presente contrato de arrendamiento en el Registro de la Propiedad, sin expresa autorización de la otra parte, corriendo los gastos de la inscripción por cuenta del que la efectúe.

 

 

 

Y en prueba de conformidad, las partes firman el presente contrato, extendido en Timbre del Estado Clase .... números OD------- , OD-------, OD-------, duplicado ejemplar y a un sólo efecto, en el lugar y fecha expresados en su encabezamiento.

 

 

 

EL ARRENDADOR: ARRENDATARIO:

 

 
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