APRUEBAN NORMAS CONTABLES APLICABLES A LOS
FONDOS DE INVERSION
Resolución Conasev No. 627-97-EF/94.10
Lima, 23 de octubre de 1997
VISTO:
El Memorándum No. 285-97-EF/94.40 de
fecha 3 de octubre de 1997, de la Gerencia de Mercado de Valores, así
como el Proyecto de Normas Contables de Fondos de Inversión, con
la opinión favorable de la Gerencia General.
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Decreto Legislativo No. 862,
Ley de Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras, así
como la Resolución CONASEV No. 002-97-EF/94.10 que aprueba el Reglamento
de Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras, se establece
el marco legal regulatorio de losFondos de Inversión y sus Sociedades
Administradoras; Que, es necesario complementar dicha
normatividad, con las Normas Contables específicas para los indicados
Fondos de inversión con el objeto de establecer cuentas y
procedimientos para el registro de las operaciones propias de dichos
Fondos; Estando a lo dispuesto en los Artículos 2o.
Inciso a) y 11o. inciso b) del Texto Unico Concordado de la Ley Orgánica
de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores, aprobado
por Decreto Ley No. 26126, Artículo 37o. del Decreto Legislativo
No. 862, Ley de Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras
y Artículo 30o. del Decreto Legislativo No. 861, Ley del Mercado
d e Valores, así como a lo acordado por el Directorio de esta
Institución, reunido en sesión de fecha 6 de octubre de 1997;
SE RESUELVE:
Artículo 1o.- Aprobar las Normas Contables
aplicables a los Fondos de Inversión, las mismas que forman parte
integrante de la presente resolución.
Artículo 2o.- Las sociedades de auditoría
que dictaminen los estados financieros de los Fondos de
Inversión deberán sujetarse a lo establecido en la presente
norma.
Artículo 3o.- La presente resolución
entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación
en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS CHANG CHANG FUN
Vicepresidente
NORMAS CONTABLES DE FONDOS DE INVERSION
Las Normas Contables comprenden el Plan de
Cuentas de Fondos de Inversión o Información Financiera,
en los que se establecen cuentas y procedimientos contables relacionados
a las actividades de los Fondos, siendo de observancia obligatoria por
parte de las Sociedades Administradoras. Es propósito
de las Normas Contables uniformar los criterios par el registro de
las operaciones, de modo que los estados financieros reflejen los derechos
y obligaciones del Fondo, facilitando su comparación e interpretación.
El contador general del Fondo será la persona con facultades para
efectuar modificaciones al plan de cuentas, siempre que las mismas consistan
en adicionar analíticas, divisionarias a las cuentas ya existentes,
entendiéndose que esta agregación tiene la finalidad de hacer
más detallado el registro de las operaciones. En todo caso deberá
someterse a consideración de esta Comisión Nacional los cambios
propuestos.
El presente Plan de Cuentas de Fondos de Inversión,
está conformado por el contenido, la nomenclatura de las uentas
analíticas respectivas, la dinámica y comentarios de las
mismas, así como la información financiera.
MARCO CONCEPTUAL DE LOS PRINCIPIOS GENERALES DE CONTABILIDAD
Las Normas Contables de Fondos de Inversión
reconocen como marco conceptual de los principios seleccionados que se
exponen a continuación como los fundamentales y básicos,
para el adecuado cumplimiento de los objetivos de la contabilidad.
EQUIDAD
La equidad entre intereses opuestos debe ser
una preocupación constante en contabilidad, puesto que los que
se sirven de, o utilizan los datos contables pueden encontrarse
ante el hecho de que los intereses particulares se hallen en
conflicto. De esto se desprende que los estados financieros deben prepararse
de tal modo que reflejen, con equidad, los distintos intereses, en juego
en una entidad dada.
BIENES ECONOMICOS
Los estados financieros se refieren siempre
a bienes económicos, es decir, bienes materiales e inmateriales
que poseen valor económico y por ende susceptibles de ser valuados
en términos monetarios.
MONEDA COMUN DENOMINADOR
Los estados financieros reflejan el patrimonio
mediante un recurso que se emplea para reducir todos sus componentes heterogéneos
a una expresión, que permita agruparlos y compararlos fácilmente.
Este recurso consiste en elegir a una moneda y valorizar los elementos
patrimoniales aplicando un precio a cada unidad.
Generalmente se utiliza como común denominados, la moneda que tiene
curso legal en el país en que unciona
el ente.
EMPRESA EN MARCHA
Salvo indicación en contrario, se entiende
que los estados financieros pertenecen a una empresa en marcha,
considerándose que el concepto que informa la mencionada expresión,
se refiere a todo organismo económico
cuya existencia temporal tiene plena vigencia y proyección.
VALUACION AL COSTO
El valor de costo de adquisición constituye
un principio básico de valuación, que condiciona la formulación
de los estados financieros llamados de situación, en correspondencia
también con el concepto de empresa en marcha, razón por la
cual esta norma adquiere el carácter de principio. Esta afirmación
no significa desconocer la existencia y procedencia de otras reglas y criterios
aplicables endeterminadas circunstancias, sin que por el contrario, significa
afirmar que en caso de no existir una circunstancia especial que justifique
la aplicación de otro criterio, debe prevalecer el costo de adquisición
como concepto básico de
valuación. Sin embargo, tratándose de entidades
de inversión (especializada) la Norma Internacional de Contabilidad
(NIC) 25 Contabilización de Inversiones, señala que es adecuado
valorizar sus inversiones a valor razonable que usualmente es el valor
de mercado.
DEVENGADO
Las variaciones patrimoniales que se deben
considerar para establecer el resultado económico son las
que corresponden al período en que se informa, sin entrar a distinguir
si se han cobrado o pagado durante dicho período.
OBJETIVIDAD
Los cambios en el activo, pasivo y patrimonio
neto, se deben reconocer formalmente en los registros contables, tan pronto
como sea posible medirlos objetivamente y expresar esa medida en términos
monetarios.
REALIZACION
Los resultados económicos sólo
se deben computar cuando sean realizados, o sea cuando la operación
que los origina queda perfeccionada desde el punto de vista de la legislación
o prácticas comerciales aplicables y se hayan ponderado fundamentalmente
todos los riegos inherentes a tal operación. Se debe establecer
como carácter general que el concepto realizado participa en el
concepto de devengado.
UNIFORMIDAD
Los principios, cuando fueren aplicables y
las normas particulares de valuación utilizados para formular los
estados financieros de un determinado ente deben ser aplicados uniformemente
de un ejercicio a otro. Se debe señalar por medio de una nota aclaratoria,
el efecto en lo estados financieros de cualquier cambio de importancia
en la aplicación de los Principios Generales y de las normas particulares
de valuación.
*Ver Plan de Cuentas de Fondos de Inversión en el Diario
Oficial El Peruano de la fecha.