Colaboración..... 18 Agosto 2000 Por: Cappello Flores Giancarlo El lenguaje de Dios Cuando las pantallas de televisión mostraron alguna vez la imagen de una oreja humana palpitando en el lomo de un ratón, el mundo observó con asombro el poder de la genética. Hoy, el proyecto del genoma humano ha puesto sobre el tapete una serie de cuestionamientos éticos. Enrique Varsi, autor del libro Filiación, Derecho y Genética y representante del Perú ante el Comité intergubernamental de Bioética de la UNESCO, ilustra brevemente las bondades y temores de este importante hito en la historia de la civilización. La reciente lectura completa del mapa del genoma ha traído fascinación y reparos. Para algunos representa la soñada cura a enfermedades como el cáncer o la diabetes, pero al mismo tiempo se ha especulado acerca de su vinculación con la moral, la ética y el derecho de las personas... Desde el punto de vista jurídico, el genoma no es otra cosa que un conjunto de datos, de información que debemos procesar y ordenar para otorgar una protección al ser humano. El genoma es patrimonio de la humanidad; por tanto, no puede ser vulnerado, lesionado, apropiado o comercializado. Sobre el genoma hay que proteger el derecho a la vida, a la integridad, a la intimidad, a la identidad, a la salud, no sólo del hombre, sino de la humanidad en su conjunto y de la generaciones futuras. Porque si se manipula genéticamente a un ser humano y más tarde esta persona se reproduce y empieza a transferir esas características genéticas adquiridas de manera artificial, no vamos a saber definir qué es humanidad, si aquella natural o la artificialmente creada. ¿Cuáles podrían ser las repercusiones de este descubrimiento en la vida cotidiana? Por ejemplo, si un empleador tuviera en su poder la información genética de sus trabajadores, podría ubicarlos en determinadas áreas de trabajo, ofreciéndoles las condiciones "biológicas" y "genéticas" adecuadas para que puedan desarrollarse plenamente. Pero el empleador también podría usar esta información para desechar trabajadores que adolecen de determinada deficiencia o sufren una tara en su conformación genética. Ya no se pensaría en la eficiencia y productividad corporal, sino más bien en la eficiencia y eficacia genética, y esta lógica está por encima de los parámetros para contratar a una persona. Asimismo, si pensamos en una compañía de seguros, antes de firmar cualquier contrato, las empresas podrían valerse de la información genética para detectar qué personas no son rentables porque a futuro van a desarrollar alguna enfermedad o deficiencia genética y negarles el servicio. Si acaso nos sirve de algo, estos dos casos hipotéticos ya han sido vetados por la Comunidad Europea, que ha emitido resoluciones al respecto. Habría que establecer, entonces, una política de manejo de la información genética. Así es. Cuando decimos que jurídicamente debemos resguardar el genoma como si fuera una información privada, inmediatamente traemos a colación el derecho a la intimidad, el derecho a que no se enteren de mi contenido, de mi vida privada, y qué más privado que el aspecto genético de la persona. Un test genético debería estar rodeado de la más absoluta confidencialidad del caso, y a lo mejor sólo podría develarse en casos extremísimos para ser usado con fines judiciales o criminales. Y esto llama inevitablemente a un tema personal, al derecho de no saber. Imaginemos que al hacer un análisis descubren que tienes determinado gen que va a provocarte a futuro una cardiopatía complicadísima: tienes el derecho a ignorar, a desconocer determinado defecto o malformación. Como consecuencia de todos estos avances biotecnológicos, han surgido dos nuevos derechos derivados de la intimidad en este ámbito: el derecho a saber y el derecho a no saber, y ambos deben ser respetados. ¿Las bondades médicas también necesitarán de una normativa? Porque así como ahora podrán detectarse los genes "defectuosos" que a futuro desarrollarán ciertas enfermedades y tomar las medidas necesarias para contrarrestarlas, es inevitable pensar también en seres perfectos, "replicantes", como en la película Blade Runner. La Declaración Universal del Genoma, que es un documento emitido por la UNESCO en 1997 como consecuencia de todos estos avances biotecnológicos, y el Convenio de Bioética de la Comunidad Europea, no están en contra del avance científico, no buscan ponerle un coto a la ciencia. Quieren que avance, pero de la mano con el hombre, respetando los derechos personales y humanos. Con este descubrimiento, como dijo atrevidamente el presidente Bill Clinton, "vamos a entender el lenguaje con que Dios creó al hombre", por ello el genoma no puede alterarse ni manipularse. La visión de padres fabricando niños por catálogo es impensable. Así como una persona tiene el derecho a que no se le manipule o experimente, nadie tiene el derecho a usar estos avances para crear hijos al antojo, hijos delivery, con determinados ojos o inteligencia. Es absurdo. Nadie puede decir: yo quiero tener cinco hijos, pero de momento sólo quiero que me implanten dos embriones y los otros los crioconserven. ¿Quién es esa persona para decidir que crioconserven a un ser vivo? Es tan absurdo como que un profesor diga: como estos dos alumnos no están rindiendo vamos a crioconservarlos por un tiempo para no retrasar a los demás. ¿Quién tiene el derecho de crear a un ser humano de manera técnica? Eso acarrearía una serie de problemas, el genoísmo, por ejemplo, la discriminación por los genes de una persona. No todo lo científicamente posible es éticamente aceptable. El derecho abrirá un nuevo capítulo para estos temas. Es todo un tema, porque si aceptamos que aquí puede haber algo ilícito, hay que establecer sanciones. ¿Cuál sería la sanción para aquellas personas que manipulan genéticamente a un embrión? Habría que defenir el bien jurídicamente protegido, crear delitos sobre estos puntos y por lo pronto esto no se ha dado. En el Perú no existe una norma que regule de manera exacta y preferente los avances de la biotecnología y su repercusión en el ser humano. Tenemos normas dispersas como las del Código del niño y el adolescente, que indican que el niño no puede ser manipulado genéticamente, pero no tiene una sanción exacta. Cualquier clase de manipulación podría estar prohibida, porque la Constitución y el Código Civil se basan en la dignidad del ser humano. Pero algo así es aún muy etéreo; necesitamos redactar una norma que canalice de manera expresa los avances de la biotecnología y su repercusión en la persona humana. ---------------------------------------- Oscar Colmenárez _____________orcd@telcel.net.ve___________________________________