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Indra ha presentado en La Audiencia Nacional
el escrito en el que anuncia la intención de interponer
recurso de casación contra las sentencias que anulan
la modificación unilateral de las condiciones de trabajo
que decretó la empresa después de la absorción.
Además, ha presentado dos recursos de aclaración
de sentencias: uno para que se le aclare el fondo del asunto
de una de ellas, el otro para que se subsane un error en el
nombre de una de las empresas absorbidas. A mi juicio, el recurso
de aclaración de sentencia, de fondo del asunto, será
desestimado y con relación al recurso de defecto de forma
de la sentencia, el error se subsanará.
El recurso de casación que Indra formalice
ante el Tribunal Supremo habrá de fundarse en indefensión
por infracción de las normas reguladoras de la sentencia
o de las que rigen los actos y garantías procesales,
no creemos que pueda alegar otro motivo.
A partir de este momento aunque el procedimiento
judicial es algo complejo, intentaremos resumir en los siguientes
apartados lo más importante de todo el proceso:
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Una vez que el ponente redacte el auto
en el que se admita a tramite el recurso de casación,
la Audiencia Nacional emplazará a las partes para que
comparezcan en el plazo de quince días ante la Sala
Cuarta del Tribunal Supremo. Recibidos los autos - es decir
todo el expediente - en el Tribunal Supremo, Indra tiene veinte
días para formalizar el recurso.
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Si la Sala del Tribunal Supremo no admitiese
el recurso de casación, dictará en el plazo
de tres días un auto exponiendo los motivos por los
que lo ha rechazado, declarando que a partir de ese momento
la resolución recurrida es firme.
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Si el Tribunal Supremo admite el recurso
de Indra total o parcialmente, tanto Indra como los sindicatos
tienen un plazo de diez días para impugnar el auto.
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El Tribunal Supremo puede estimar el recurso
por todos o algunos de los motivos alegados por Indra. La
Sala Cuarta resolverá en una sola sentencia el recurso
planteado.
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Si el Tribunal Supremo desestima el recurso,
las sentencias dictadas por la Audiencia Nacional serán
firmes.
No hay duda que Indra ejerce un derecho al interponer el recurso
de casación y todos los que estime pertinentes. Como
es obvio, al Tribunal Supremo le corresponderá decidir:
primero si procede o no el de casación y, luego y en
caso de que proceda estimarlo o desestimarlo. Pero, con el anuncio
de la empresa de recurrir la sentencia aparece la sospecha,
que suele ir asociada a los recursos que se presentan con motivaciones
tan vagas e imprecisas: ¿se perseguirá con esta
decisión dilatar la ejecución de la sentencia?.
Desde luego, en mi opinión la respuesta es afirmativa.
Y más aun después de lo manifestado por los portavoces
de la empresa.
Al final, y sea lo que fuere los perdedores
en esta crónica de tribunales serán los de siempre:
todos los trabajadores, que habremos de afrontar, hasta que
se pronuncie el Supremo, una decisión de la empresa que
ha sido calificada como jurídicamente reprobable.
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