En la reunión negociadora del día 28 de abril, viernes, la representación sindical
entregó a la empresa la contrapropuesta que se presenta más abajo. Dicha
contrapropuesta ha sido acordada por unanimidad
de todos los sindicatos.
ESTRUCTURA PROFESIONAL:
3 Grupos profesionales
- TÉCNICOS Grados 1 - 2 - 3
- EMPLEADOS Grados 3 - 4 -5 - 6
- OBREROS Grados 4 -5 - 6 - 7
ESTRUCTURA SALARIAL
- Fijar un SALARIO BASE para cada grado
- Fijar NIVELES para cada uno de los grados
- Fijar un COMPLEMENTO CONVENIO por cada nivel
Para aquellas personas que quedaran ubicadas en medio de dos niveles, la diferencia
entre su salario actual y el nivel inmediatamente inferior será denominado como
GARANTÍA PERSONAL DE LA FUSION.
ANTIGÜEDAD
- Se pasará de TRIENIOS a QUINQUENIOS
- Los QUINQUENIOS se pagarán al precio único de 5.500 Ptas./mes
- Los trabajadores procedentes de Indra SSI y de Indra SCA, que hayan devengado
trienios, durante los años 1998, 1999 y 2000 cobrarán, a titulo individual,
hasta cumplir tres nuevos trienios, devengando también los quinquenios que
se cumplan durante ese periodo. Pasando al cumplir el tercer trienio a percibir
solamente quinquenios.
JORNADA
- 1691 horas anuales en los centros de trabajo que tengan dicha jornada, pasando
estos a 1680 horas, cuando estén en el centro de Alcobendas, año 2002.
- El resto de centros de trabajo que tienen en la actualidad 1764 y 1742 irán
reduciendo paulatinamente su jornada hasta alcanzar en el año 2002 la misma
jornada de 1680 horas.
- Los centros de trabajo que tienen jornada intensiva durante los meses de
Junio, Julio, Agosto y Septiembre, pasarán a disfrutarla desde el 15 de Junio
hasta el 15 de Septiembre, DISFRUTANDO los trabajadores de esos centros de
DOS DÍAS DE LIBRE DISPOSICIÓN.
- Los trabajadores que hubieran disfrutado jornada intensiva durante los días
1 al 15 de junio y del 15 al 30 de septiembre se les abonará en concepto de
comida 3100 ptas. por día trabajado, mo computándose para este concepto los
viernes correspondientes.
- Los horarios de trabajo se negociarán en cada centro de trabajo, adaptándose
a los que se vienen realizando en los últimos años.
- Los centros que no disfrutan de jornada intensiva tendrán un mes de ella
en los meses de julio o septiembre.
VACACIONES
22 días laborables, que se devengarán de Enero a Diciembre.
DISMINUIDOS
Se abonarán 11000 Ptas. mensuales.
COMPLEMENTO POR IT
Se complementará por parte de la Empresa hasta el 100% desde el primer día.
SEGURO DE VIDA
La empresa abonara el 100% de la póliza contratada
- CAPITAL ASEGURADO
- Doble del salario bruto anual redondeado a 500.000 Ptas., el capital
mínimo asegurado será el salario medio de la plantilla.
- PRESTACIONES
- Fallecimiento o invalidez permanente absoluta
- CAPITAL ASEGURADO
- Fallecimiento por accidente 2 veces CAPITAL ASEGURADO
- Fallecimiento por accidente de circulación 3 veces CAPITAL ASEGURADO.
EMPLEO
Contratación directa de Indra del 50% de los contratados de ETTS, Empresas
de Servicios, Subcontratados y Autónomos.
INCREMENTO SALARIAL
Para cada año de vigencia del convenio. Incremento Inicial: del 2% en todos
los conceptos que tendrán incremento durante el año 2000 Incremento Final: IPC
real más 1 punto en todos los conceptos.
- PAGA de BENEFICIOS
- según la siguiente escala:
- R.N.A.I. > 10.000 MM 50.000 ptas.
- R.N.A.I. > 10.500 MM 55.000 ptas.
- R.N.A.I. > 1 1.000 MM 60.000 ptas.
- R.N.A.I. > 11.500 MM 65.000 ptas.
- R.N.A.I. > 12.000 MM 70.000 ptas.
MOVILIDAD GEOGRAFICA Según documento entregado. PERMISOS RETRIBUIDOS Según
documento entregado. REPRESENTACION SINDICAL. Según documento entregado.